El Tribunal General europeo ha dado la razón a Meta Platforms y TikTok en su impugnación contra la tasa de supervisión impuesta por la Unión Europea bajo la Ley de Servicios Digitales (DSA) de 2022. ¡Por fin alguien planta cara a estos burócratas!
Según mi análisis del fallo, el tribunal determinó que el método de cálculo de la tasa era defectuoso y desproporcionado, algo que venía siendo obvio desde hace tiempo para quienes observamos de cerca este sector.
Una victoria merecida para las plataformas digitales
El miércoles, las grandes tecnológicas consiguieron lo que muchos considerábamos inevitable: el segundo tribunal más alto de Europa respaldó sus argumentos contra esa tasa abusiva que pretendía sacarles el 0,05% de sus ingresos netos mundiales anuales.
Esta tasa, supuestamente destinada a cubrir los costos de la Comisión Europea para vigilar el cumplimiento de la normativa, afecta a 18 empresas. Pero el problema es que se calcula basándose en el número de usuarios activos mensuales promedio y depende del margen de beneficio o pérdida del año financiero anterior.
Los argumentos que convencieron al tribunal
En junio, tanto Meta como TikTok presentaron argumentos contundentes. Meta negó estar evitando pagar su parte justa de la tasa, pero cuestionó cómo la Comisión había calculado el gravamen, alegando que se basaba en los ingresos del grupo completo y no de la filial específica.
El abogado de Meta, Assimakis Komninos, dejó en evidencia a los reguladores cuando declaró que su cliente seguía sin saber cómo se calculaba realmente la tasa. Las disposiciones en la DSA "van contra la letra y el espíritu de la ley, son totalmente opacas y han llevado a resultados completamente implausibles y absurdos".
TikTok compartió posiciones similares. Su abogado Bill Batchelor fue directo: "Lo que ha ocurrido aquí es cualquier cosa menos justo o proporcionado. La tasa ha utilizado cifras inexactas y métodos discriminatorios, infla las tarifas de TikTok y le obliga a pagar no solo por sí misma, sino por otras plataformas".
Batchelor incluso acusó a la Comisión de contar dos veces a los usuarios, lo que resulta discriminatorio porque significa que los usuarios que cambian entre sus teléfonos móviles y portátiles serían contabilizados por duplicado. ¡Un auténtico despropósito regulatorio!
Lorna Armati, abogada de la Comisión, intentó defender lo indefendible alegando que "cuando un grupo tiene cuentas consolidadas, son los recursos financieros del grupo en su conjunto los que están disponibles para soportar la carga de la tasa". Un argumento débil que no convenció al tribunal.
El fallo completo se espera para el próximo año, pero esto ya supone un golpe significativo a las ambiciones recaudatorias de la UE en el sector digital, donde parece más interesada en cobrar que en crear un marco realmente justo.
Los inversores en tecnológicas deberían estar atentos a cómo evoluciona esta situación, ya que podría marcar un precedente sobre la capacidad de la UE para imponer gravámenes similares en el futuro.
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Meta y TikTok ganan la batalla judicial contra la UE por tasas tecnológicas
El Tribunal General europeo ha dado la razón a Meta Platforms y TikTok en su impugnación contra la tasa de supervisión impuesta por la Unión Europea bajo la Ley de Servicios Digitales (DSA) de 2022. ¡Por fin alguien planta cara a estos burócratas!
Según mi análisis del fallo, el tribunal determinó que el método de cálculo de la tasa era defectuoso y desproporcionado, algo que venía siendo obvio desde hace tiempo para quienes observamos de cerca este sector.
Una victoria merecida para las plataformas digitales
El miércoles, las grandes tecnológicas consiguieron lo que muchos considerábamos inevitable: el segundo tribunal más alto de Europa respaldó sus argumentos contra esa tasa abusiva que pretendía sacarles el 0,05% de sus ingresos netos mundiales anuales.
Esta tasa, supuestamente destinada a cubrir los costos de la Comisión Europea para vigilar el cumplimiento de la normativa, afecta a 18 empresas. Pero el problema es que se calcula basándose en el número de usuarios activos mensuales promedio y depende del margen de beneficio o pérdida del año financiero anterior.
Los argumentos que convencieron al tribunal
En junio, tanto Meta como TikTok presentaron argumentos contundentes. Meta negó estar evitando pagar su parte justa de la tasa, pero cuestionó cómo la Comisión había calculado el gravamen, alegando que se basaba en los ingresos del grupo completo y no de la filial específica.
El abogado de Meta, Assimakis Komninos, dejó en evidencia a los reguladores cuando declaró que su cliente seguía sin saber cómo se calculaba realmente la tasa. Las disposiciones en la DSA "van contra la letra y el espíritu de la ley, son totalmente opacas y han llevado a resultados completamente implausibles y absurdos".
TikTok compartió posiciones similares. Su abogado Bill Batchelor fue directo: "Lo que ha ocurrido aquí es cualquier cosa menos justo o proporcionado. La tasa ha utilizado cifras inexactas y métodos discriminatorios, infla las tarifas de TikTok y le obliga a pagar no solo por sí misma, sino por otras plataformas".
Batchelor incluso acusó a la Comisión de contar dos veces a los usuarios, lo que resulta discriminatorio porque significa que los usuarios que cambian entre sus teléfonos móviles y portátiles serían contabilizados por duplicado. ¡Un auténtico despropósito regulatorio!
Lorna Armati, abogada de la Comisión, intentó defender lo indefendible alegando que "cuando un grupo tiene cuentas consolidadas, son los recursos financieros del grupo en su conjunto los que están disponibles para soportar la carga de la tasa". Un argumento débil que no convenció al tribunal.
El fallo completo se espera para el próximo año, pero esto ya supone un golpe significativo a las ambiciones recaudatorias de la UE en el sector digital, donde parece más interesada en cobrar que en crear un marco realmente justo.
Los inversores en tecnológicas deberían estar atentos a cómo evoluciona esta situación, ya que podría marcar un precedente sobre la capacidad de la UE para imponer gravámenes similares en el futuro.